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Admisión de
estudiantes extranjeros residentes en el país:
Se rigen por las mismas normas que se aplican a
los estudiantes argentinos. Los interesados
tienen que solicitar la inscripción directamente
en la Universidad en la que deseen llevar a cabo
sus estudios. El régimen prevé la reválida
previa de estudios secundarios realizados en sus
respectivos países de origen.
Admisión de
estudiantes extranjeros no residentes en el país:
Para aquellos que deseen cursar una carrera en
una institución universitaria nacional los
Alumnos Extranjeros NO residentes en el país
deben dirigirse al Consulado Argentino en los
respectivos países de origen y solicitar una
vacante bajo el régimen de la
Resolución Ministerial Nº 1523/90.
Se pretende evitar que el sistema regido por la
Resolución mencionada se constituya como el
único y excluyente, para la admisión de
estudiantes extranjeros, limitando el ingreso de
aquellos aspirantes que hubieran decidido
radicarse definitivamente en nuestro país, para
los cuales se mantiene vigente el régimen que
prevé la reválida previa de estudios secundarios
realizados en sus respectivos países de origen.
La
Disposición No. 20699 de la
Dirección Nacional de Migraciones (DNM),
establece tres tipos de estudiantes
internacionales, tanto para incorporarse a
carreras universitarias, como para desarrollar
cursos cortos, pasantías o participar de
programas de intercambio universitario:
Estudiantes Internacionales Provenientes de
MERCOSUR y estados asociados: Bolivia,
Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Paraguay,
Perú, Uruguay y Venezuela.
Una vez inscripto en la institución
universitaria y dentro de los 30 días hábiles
deberá presentarse ante la
Dirección Nacional de Migraciones (DNM)
acompañado de: constancia de inscripción en la
institución educativa, pasaporte (o cédula de
identidad) válido y vigente o certificado de
nacionalidad, certificado de carencia de
antecedentes penales donde haya residido los
últimos tres años, legalizado o apostillado,
certificado de carencia de antecedentes penales
en la República Argentina y abonar la tasa
respectiva.
Estudiantes Internacionales Provenientes de
Extra MERCOSUR, que NO requieren de visa para
ingresar como turistas a la Argentina.
Una vez inscripto en la institución
universitaria y dentro de los 30 días hábiles
deberá presentarse ante la
Dirección Nacional de Migraciones (DNM)
acompañado de: constancia de inscripción en la
institución educativa, pasaporte (o cédula de
identidad) válido y vigente o certificado de
nacionalidad, partida de nacimiento legalizada,
certificado de carencia de antecedentes penales
donde haya residido los últimos cinco años,
legalizado o apostillado, certificado de
carencia de antecedentes penales en la República
Argentina y abonar la tasa respectiva.
Estudiantes Internacionales Provenientes de
Extra MERCOSUR, que requieren de visa para
ingresar como turistas a Argentina.
La institución universitaria solicitará a la
Dirección Nacional de Migraciones (DNM)
la autorización de ingreso al Territorio
Nacional de la persona extranjera, a través de
un formulario específico. La DNM aprobará o
rechazará la solicitud. En el primer caso la
persona extranjera solicitará la visa ante el
consulado denunciado, recibiendo la visa siempre
que acredite identidad, carencia de antecedentes
penales donde haya residido los últimos cinco
años, presente partida de nacimiento, acredite
medios económicos para subsistir y alojarse en
Argentina, poseer conocimientos necesarios en el
idioma nacional y abonar la tasa respectiva.
Los estudiantes comprendidos en esta última
categoría, que hayan cursado y aprobado un curso
de idioma castellano oficialmente reconocido y
que posteriormente se encuentren inscriptos y
aceptados por una entidad educativa oficialmente
reconocida con el fin de cursar una carrera
formal, podrán efectuar el cambio de
subcategoría migratoria a estudiantes formales
en territorio.
Cumplidos estos trámites, en todos los casos se
otorgará una residencia temporaria de dos años,
pudiendo prorrogarse, en tanto mantenga carencia
de antecedentes penales en Argentina, su
condición de alumno regular y abone la tasa
específica.
Cuando se trate de asistir a cursos de más de 90
días de duración, participar de programas de
intercambio cultural, estudiantil, pasantías o
estudios parciales dentro de una carrera
universitaria, los estudiantes de MERCOSUR y
estados asociados quedan exceptuados, mientras
que:
Estudiantes Internacionales Provenientes de
Extra MERCOSUR, que NO requieren de visa para
ingresar como turistas a la Argentina.
Una vez inscripto en la institución
universitaria y dentro de los 30 días hábiles
deberá presentarse ante la DNM acompañado de:
constancia de inscripción en la institución
educativa y el curso en cuestión, pasaporte (o
cédula de identidad) válido y vigente o
certificado de nacionalidad, certificado de
carencia de antecedentes penales donde haya
residido los últimos cinco años, legalizado o
apostillado, certificado de carencia de
antecedentes penales en la República Argentina.
Estudiantes Internacionales Provenientes de
Extra MERCOSUR, que requieren de visa para
ingresar como turistas a Argentina.
La institución universitaria solicitará a la DNM
la autorización de ingreso al Territorio
Nacional de la persona extranjera, a través de
un formulario específico. La DNM aprobará o
rechazará la solicitud. En el primer caso la
persona extranjera, notificada, solicitará la
visa ante el consulado denunciado para asistir
al curso pretendido, la que será otorgada
siempre que acredite identidad, carencia de
antecedentes penales donde haya residido los
últimos cinco años, presente partida de
nacimiento, acredite medios económicos para
subsistir y alojarse en Argentina, posea
conocimientos necesarios en el idioma nacional.
Cumplidos estos trámites, en todos los casos se
otorgará una residencia transitoria especial,
que será de un año, excepto que el plazo del
curso, la participación en los programas de
intercambio cultural, estudiantil, pasantías o
estudios parciales dentro de una carrera
universitaria sea inferior, en cuyo caso el
término de residencia será el de la duración
indicada.
Link de interés:
Sistema Informático de Solicitud de
Convalidaciones
En el
Ministerio del Interior encontrará una
guía de trámites completa y detallada.
Fuente
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