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COMO Y DONDE REALIZAR EL
TRÁMITE PARA OBTENER EL BOLETO ESTUDIANTIL EN ARGENTINA:
BOLETO ESTUDIANTIL:
TRANSPORTE AUTOMOTOR:
Beneficio para los estudiantes en el Transporte Automotor Urbano
Alumnos: Le corresponde el beneficio a
los alumnos de 3º a 5º año de la Escuela Media que asistan a Instituciones,
Establecimientos y/o Colegios Públicos ubicados en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires; a los alumnos del Ciclo Polimodal de la Provincia de Buenos
Aires; a los alumnos de 1º a 5º año de escuelas privadas con aporte estatal
y a los alumnos terciarios no universitarios que concurran a
establecimientos públicos o privados con aporte estatal.
Actividades Educativas: Todas aquellas
clases teóricas y otra actividades educativas complementarias que integren
los programas oficiales de estudios de asistencia obligatoria.
Credencial: El beneficiario se
identifica con la credencial que emite la empresa.
Las empresas de transporte deberán comunicar a
través de carteles indicadores ubicados en el interior de los vehículos, los
lugares, días, y horas de expendio para obtener la credencial al igual que
para la adquisición del abono mensual. La expedición será entre el día uno
(1) y el día diez (10) de cada mes, o en caso de ser este último, sábado
domingo o feriado, hasta el primer día hábil siguiente, en jornadas mínimas
de 4 (CUATRO) horas diarias.
Costo de la credencial: Es gratuita por
Dictámen CNRT
Validez: Debe tramitarse dos veces al
año, al inicio de las clases y en el mes de agosto
Pérdida de la Credencial: Las empresas
llevarán un registro de las credenciales otorgadas a los alumnos a fin de
permitir la elaboración y entrega de una nueva en caso de extravío o
deterioro.
Datos de la misma:
a) Número de control correlativo
b) Nombre de la Institución
c) Apellido y nombres del beneficiario
d) Tipo y Nº de Documento
e) Turnos de Asistencia a clases
Modo de tramitación: Por el interesado o por terceros que acompañen la
documentación necesaria. Puede tramitarla un representante de los alumnos.
Documentación para tramitarla:
a) Certificado otorgado por el establecimiento al que concurre el alumno
(este certificado deberá ser presentado dos veces al año, al inicio de
clases y en el mes de agosto), consignando los siguientes datos:
° Nombre y domicilio del establecimiento educacional
° Dependencia institucional del establecimiento
° Apellido, nombres y domicilio del alumno
° Tipo y Nro. de documento
° Horarios y turnos de asistencia a las actividades educativas regulares,
dejando expresa constancia si el establecimiento es de doble escolaridad
° Horarios y turnos de asistencia a actividades educativas complementarias,
indicando el domicilio donde se realizan dichas actividades, en caso de
tratarse de otro lugar distinto al del establecimiento
° Empresa/s en la/s que utilizará la franquicia
° Sello del establecimiento, firma y sello de las autoridades del mismo.
Abono estudiantil: deberá ser otorgado
por las empresas a los beneficiarios cualquiera sea el número de secciones y
distancia de los recorridos, la cual lo habilita a realizar viajes los días
hábiles de lunes a viernes y sábados hasta las 14 horas durante el período
de clases del año lectivo.
Valor del abono estudiantil: El precio
es el equivalente al CINCUENTA POR CIENTO (50 %) del costo del boleto mínimo
vigente para los servicios públicos de pasajeros por automotor en el ámbito
del Área Metropolitana Treinta y Siete centavos con Cinco (0,375) por la
cantidad de boletos mensuales.
Vigencia del abono: El abono es válido
desde el día 11 (ONCE) de cada mes hasta el día 10 (diez) del mes siguiente
inclusive, y contendrá como mínimo la cantidad de 1 (UN) boleto por cada día
hábil.
Recomendaciones Útiles:
- Hasta tanto las empresas de transporte dispongan de las credenciales,
los boletos estudiantiles se expenderán a la sola presentación del
certificado de la escuela junto al documento de identidad.
- La credencial tendrá validez para todas las líneas que pertenezcan a la
misma empresa o grupo empresario. Cuando sea necesaria la utilización de más
de una empresa, la última que intervenga retendrá el certificado, en tanto
las que hayan tomado vista previamente pondrán su sello y constancia al
dorso.
- Visto que gran cantidad de empresas emiten los boletos estudiantiles por
medio de la máquina expendedora, se recomienda al resto de las prestatarias
adoptar el mismo procedimiento con objeto de facilitar la implementación de
esta franquicia los usuarios.
- No existe norma alguna que disponga limitantes en el horario para la
utilización del beneficio.
- No existe norma alguna que disponga que el beneficio es exclusivo para los
ciudadanos argentinos.
- No existe norma alguna que restrinja el lugar para el ascenso y descenso
de los estudiantes.
- No existe norma alguna que disponga que el domicilio declarado sea el que
figure en el D.N.I.
Casos en los que el alumno podrá perder beneficio de la credencial:
° Si la credencial que portara fuera falsa, adulterada y/o apócrifa.
° Si la credencial fuera portada por otro que no fuera el original.
° Si se intentara utilizar el beneficio los días sábados después de las 14
horas y/o los días domingos
TRANSPORTE FERROVIARIO (de superficie y subterráneo):
Para obtener la credencial el alumno debe comunicarse con la empresa
para averiguar los horarios y las cabeceras elegidas para la venta del
abono. Este se expende del 1(UNO) AL 6 (SEIS) de cada mes.
Documentación a presentar:
a) Certificado otorgado por el establecimiento educacional en el que se
dejará constancia de:
° Nombre y domicilio del establecimiento
° Dependencia institucional del establecimiento
° Apellido, nombres y domicilio del alumno
° Tipo y Nº de documento
° Horarios y turnos de asistencia a tus actividades educativas regulares,
dejándose expresa constancia si el establecimiento es de doble escolaridad.
° Sello del establecimiento, firma y sello de las autoridades del mismo.
° Una fotografía del alumno, tipo carnet.
Valor del boleto: Tanto en transporte automotor como ferroviario, el
valor es del 50% del boleto mínimo vigente para los servicios públicos de
pasajeros por automotor en el ámbito de la Capital Federal.
Alcance y vigencia del abono: El abono es válido desde el día 6 (SEIS) de
cada mes hasta el día 5(CINCO) del mes siguiente inclusive y contendrá 24
(VEINTICUATRO) viajes ida y vuelta para el traslado mensual, salvo la
acreditación de doble escolaridad.
Obligaciones de los beneficiarios:
Están obligados a cumplir con la reglamentación y a hacer uso correcto
del beneficio. Toda falta o transgresión dará lugar a la pérdida de dicho
beneficio por un período de 5 (CINCO) meses, y por un periodo lectivo en
caso de reincidencia. (Por Ej.: prestar la credencial a otro alumno, tachar,
corregir o deteriorar la misma.) .
A los efectos, las empresas de transporte comunicarán dichas anomalías
acompañadas de las pruebas respectivas, al establecimiento educacional, y
remitirá copia de la misma a la Autoridad de Aplicación.
Fuente
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